Las organizaciones y expertos destacaron que “resulta necesario respetar en forma estricta las restricciones establecidas por los OTBN: Categoría I – rojo (no permite desmonte ni aprovechamiento), Categoría II – amarillo (no permite desmonte), y Categoría III – verde (permite desmonte tras la realización de una Evaluación de Impacto Ambiental y una audiencia pública). Además es fundamental concluir, de manera participativa, los procesos de OTBN en todo el país y refrendarlos por leyes emanadas de las legislaturas provinciales; modificar aquellos que no cumplen con los artículos y criterios de sustentabilidad ambiental establecidos por la ley nacional; y revisar aquellos que presentan incongruencias entre sí respecto de zonas que abarcan ecorregiones compartidas entre al menos dos provincias”.
Finalmente, advirtieron que la Ley de Bosques no permite realizar recategorizaciones prediales y que, si bien la modificación de los ordenamientos debe realizarse cada 5 años, disminuir las categorías de conservación de los mismos, y por ende de la superficie boscosa, viola la normativa nacional y sus principales objetivos.
“La modificación de leyes ambientales no puede significar un retroceso en los niveles de protección alcanzados con anterioridad, sino por el contrario incrementarlos. Todo retroceso implicaría estar atentando contra principios ambientales consagrados en la Ley N° 25.675 General del Ambiente, como el “precautorio”, el de “equidad intergeneracional”, el de “progresividad” y el de “sustentabilidad”. A ello se agrega el principio de “no regresión ambiental”, el cual fue recientemente consagrado por resolución del Congreso Mundial de la Naturaleza en el marco de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), de la cual la República Argentina es Estado Miembro”, sentenciaron.