Sin discursos y por unanimidad, la Cámara de Diputados convirtió en ley el llamado “mapa de ordenamiento de los bosques nativos” exigido por la Ley Nacional 26.331, norma que establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de dichas formaciones forestales.
El tema se originó en un mensaje del Poder Ejecutivo que el Senado aprobó en septiembre y cuyo trámite terminó Diputados con el solo paso del expediente por la Comisión de Asuntos Constitucionales que lo dictaminó con la firma de todos sus integrantes. Es que Diputados había votado en septiembre de 2011 un proyecto similar que caducó en el Senado lo que obligó al Poder Ejecutivo a reanudar el trámite legislativo.
En 2011 y en esta ocasión, fue el diputado radical Santiago Mascheroni el firme impulsor de la iniciativa. En la anterior ocasión, la discusión se había dado especialmente en la Comisión de Medio Ambiente que entonces presidía donde expusieron funcionarios así como organizaciones no gubernamentales del norte y la costa santafesina.
“Con la sanción, Santa Fe queda inscripta definitivamente en los términos de la ley nacional e integrará las ventajas que origina y que implica la asistencia económica nacional destinada a planes de manejo y protección del bosque nativo”, le explicó a El Litoral.
“Con la sanción, Santa Fe queda inscripta definitivamente en los términos de la ley nacional e integrará las ventajas que origina y que implica la asistencia económica nacional destinada a planes de manejo y protección del bosque nativo”, le explicó a El Litoral.
El paso del tema por el Senado donde fue impulsado por el socialista Miguel Lifschitz (Rosario) tuvo la incorporación de un Consejo Consultivo que integrarán, entre otras entidades, las que representan a los productores agropecuarios, así como se agregaron competencias para intervenir en las políticas de conservación del bosque nativo para el Ministerio de la Producción, además de la Secretaría de Medio Ambiente. Senadores costeros y norteños insistieron mucho en la necesidad de escuchar a las organizaciones de esa zona donde todavía está extendido el bosque nativo.
Tres colores, tres niveles
“En los mapas, se observa el terreno perdido durante décadas por el bosque nativo originario. Departamentos como 9 de Julio, otrora con mayor cantidad de hectáreas de esa formación, pasó a tener áreas minúsculas. Hoy, la costa es la mayor zona a preservar o a restringir como actividades de desmonte”, explicó Mascheroni.
Autoridades y organizaciones de varios departamentos advirtieron que de no preverse alternativas, se condena a zonas a carecer de desarrollo productivo. “Por eso, habilitamos a los departamentos donde la superficie de bosques de los sectores rojo o amarillo igualen o superen el 15 % de la superficie a que la autoridad de aplicación autorice planes de emprendimientos productivos sustentables, previo estudio de impacto ambiental. También pedimos la incorporación en el presupuesto anual de un recurso económico para reforzar la asistencia que llega de la Nación”, acotó el radical.
“En los mapas, se observa el terreno perdido durante décadas por el bosque nativo originario. Departamentos como 9 de Julio, otrora con mayor cantidad de hectáreas de esa formación, pasó a tener áreas minúsculas. Hoy, la costa es la mayor zona a preservar o a restringir como actividades de desmonte”, explicó Mascheroni.
Autoridades y organizaciones de varios departamentos advirtieron que de no preverse alternativas, se condena a zonas a carecer de desarrollo productivo. “Por eso, habilitamos a los departamentos donde la superficie de bosques de los sectores rojo o amarillo igualen o superen el 15 % de la superficie a que la autoridad de aplicación autorice planes de emprendimientos productivos sustentables, previo estudio de impacto ambiental. También pedimos la incorporación en el presupuesto anual de un recurso económico para reforzar la asistencia que llega de la Nación”, acotó el radical.
En el año 2009, mediante el decreto 042, la provincia formalizó la primera etapa del ordenamiento a los efectos de la aplicación gradual y progresiva de los criterios de la norma nacional en materia de protección de los bosques nativos.
El avance del ordenamiento adoptó los siguientes criterios de zonificación por categorías de conservación siguiendo la ley nacional:
* Los sectores de muy alto valor de conservación (identificados con el color rojo) no deben transformarse. Incluye áreas que por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser hábitats de comunidades indígenas y ser objeto de investigación científica.
El decreto reglamentario de la ley nacional describe las actividades permitidas en estos sectores. “Sólo podrán realizarse actividades de protección y mantenimiento que no modifiquen las características naturales ni la superficie del bosque nativo, no amenacen con disminuir su diversidad biológica, ni afecten a sus elementos de flora o gea, con excepción de aquellas que sean necesarias a los fines del manejo para su apreciación turística respetuosa o para su control o vigilancia”.
* Los sectores de mediano valor de conservación (color amarillo), que pueden estar degradados pero a juicio de la autoridad de aplicación, con la implementación de actividades de restauración pueden tener un valor alto de conservación, podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.
* Los sectores de bajo valor de conservación (color verde) “pueden transformarse parcialmente o en su totalidad aunque dentro de los criterios de la presente ley”. En esta categoría, de escaso o nulo nivel de conservación, se incluyen los ecosistemas no forestales y aquellos forestales que ya han perdido sus características originales y no serán objeto de procesos de restauración.
Rojo
Según la zonificación, la categoría rojo incluye dos tipos de ambientes: áreas naturales protegidas de la provincia y bosques de alto valor de conservación.
La importancia de estos bosques radica en mantener la integridad estructural de las cuencas hídricas, como por ejemplo proteger nacientes y cauces, áreas de recarga hídrica o suelos muy erodables; poseer un valor biológico sobresaliente y tener un valor cultural especial para la investigación científica, importancia educativa y cultural o albergar un yacimiento arqueológico.
También se aclara que estos bosques no admiten aprovechamiento extractivo forestal de carácter comercial, pero sí, la recolección.
El avance del ordenamiento adoptó los siguientes criterios de zonificación por categorías de conservación siguiendo la ley nacional:
* Los sectores de muy alto valor de conservación (identificados con el color rojo) no deben transformarse. Incluye áreas que por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser hábitats de comunidades indígenas y ser objeto de investigación científica.
El decreto reglamentario de la ley nacional describe las actividades permitidas en estos sectores. “Sólo podrán realizarse actividades de protección y mantenimiento que no modifiquen las características naturales ni la superficie del bosque nativo, no amenacen con disminuir su diversidad biológica, ni afecten a sus elementos de flora o gea, con excepción de aquellas que sean necesarias a los fines del manejo para su apreciación turística respetuosa o para su control o vigilancia”.
* Los sectores de mediano valor de conservación (color amarillo), que pueden estar degradados pero a juicio de la autoridad de aplicación, con la implementación de actividades de restauración pueden tener un valor alto de conservación, podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.
* Los sectores de bajo valor de conservación (color verde) “pueden transformarse parcialmente o en su totalidad aunque dentro de los criterios de la presente ley”. En esta categoría, de escaso o nulo nivel de conservación, se incluyen los ecosistemas no forestales y aquellos forestales que ya han perdido sus características originales y no serán objeto de procesos de restauración.
Rojo
Según la zonificación, la categoría rojo incluye dos tipos de ambientes: áreas naturales protegidas de la provincia y bosques de alto valor de conservación.
La importancia de estos bosques radica en mantener la integridad estructural de las cuencas hídricas, como por ejemplo proteger nacientes y cauces, áreas de recarga hídrica o suelos muy erodables; poseer un valor biológico sobresaliente y tener un valor cultural especial para la investigación científica, importancia educativa y cultural o albergar un yacimiento arqueológico.
También se aclara que estos bosques no admiten aprovechamiento extractivo forestal de carácter comercial, pero sí, la recolección.
Fuente:El Litoral